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El calendario real de VeriFactu 2027 (y por qué ya se ha retrasado tres veces)

VeriFactu iba a entrar en vigor en 2024. Luego en 2025. Luego en 2026. Ahora la fecha es 2027. Repasamos el historial completo de retrasos y por qué esta vez el calendario parece más consolidado.

1 agosto 20265 min de lecturaAMN OS · Madrid

Si llevas tiempo siguiendo las noticias sobre VeriFactu, es normal que ya no te fíes de ninguna fecha. Y tienes motivos: esta normativa lleva tres aplazamientos consecutivos desde que se planteó por primera vez. Aquí tienes el historial completo, para que sepas exactamente en qué punto estamos y por qué el calendario actual tiene visos de ser, esta vez sí, el definitivo.

El origen: la Ley Antifraude de 2021

Todo arranca con la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que introduce por primera vez la obligación de que los sistemas informáticos de facturación garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inaccesibilidad de los registros. Esta ley sienta la base legal, pero no fija todavía un calendario concreto de aplicación.

Diciembre de 2023: el reglamento que da forma al sistema

El Real Decreto 1007/2023, aprobado el 5 de diciembre de 2023, es el que desarrolla la ley anterior y define técnicamente qué es un Sistema Informático de Facturación (SIF) conforme y qué requisitos debe cumplir: encadenamiento de hashes, inalterabilidad, código QR, capacidad de envío a la AEAT. Este reglamento fue el punto de partida real del proyecto tal y como lo conocemos hoy.

En su versión original, la previsión era que la obligación entrara en vigor en julio de 2024.

Primer retraso: de 2024 a 2025

Ese primer calendario resultó demasiado ambicioso. Faltaban por publicar las especificaciones técnicas concretas —los formatos exactos de los registros, el detalle del QR, el protocolo de comunicación con la AEAT— sin las cuales ningún fabricante de software podía empezar a desarrollar con seguridad. El Gobierno trasladó la fecha a 2025.

Octubre de 2024: las especificaciones técnicas, por fin

El 17 de octubre de 2024 se aprobó la Orden HAC/1177/2024, que sí desarrolla con precisión las especificaciones técnicas y funcionales que debían faltar hasta entonces: estructura de los registros, formato del código QR, condiciones del envío en tiempo real. A partir de aquí, los fabricantes de software tenían ya una base técnica completa sobre la que trabajar.

El 6 de septiembre de 2024, además, la Agencia Tributaria habilitó su sistema para empezar a recibir registros de facturación de forma voluntaria, como fase de pruebas previa a la obligatoriedad.

Segundo retraso: de 2025 (parcialmente) a 2026

A medida que se acercaba 2025, quedó claro que muchos fabricantes de software —especialmente los que dan servicio a pymes y autónomos, no solo a grandes empresas— no iban a estar listos a tiempo. Se estableció como fecha límite para los fabricantes de software el 29 de julio de 2025, pero la obligación para los usuarios finales (empresas y autónomos) se trasladó a 2026.

Diciembre de 2025: el tercer y último retraso, hasta 2027

A finales de 2025, ante la presión de colectivos de autónomos y organizaciones empresariales, que consideraban que el calendario de 2026 no dejaba tiempo suficiente de adaptación real, el Gobierno aprobó un nuevo Real Decreto-ley que traslada la obligatoriedad íntegramente a 2027, con dos fechas diferenciadas según el tipo de contribuyente:

  • 1 de enero de 2027, para sociedades y entidades sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027, para autónomos y el resto de empresas y profesionales que utilicen sistemas informáticos para facturar.

Este es el calendario vigente hoy.

¿Por qué esta vez parece más consolidado?

Hay tres razones para pensar que este calendario tiene más solidez que los anteriores:

Primero, porque ya existe el desarrollo técnico completo. A diferencia de los retrasos de 2024, esta vez no falta ninguna especificación por publicar: el reglamento, la orden técnica y el sistema de recepción de la AEAT ya funcionan y llevan operativos desde 2024 en modalidad voluntaria.

Segundo, porque el retraso de 2025 a 2027 vino acompañado de una separación explícita de plazos entre fabricantes y usuarios finales, lo cual reduce el tipo de cuello de botella que provocó los aplazamientos anteriores: ya no dependes de que tu proveedor termine su desarrollo a la vez que tú tienes que empezar a usarlo, porque los fabricantes ya llevaban obligados desde julio de 2025.

Tercero, porque los sucesivos aplazamientos han respondido siempre a la misma causa —falta de tiempo de adaptación real para pymes y autónomos— y el margen actual, de más de un año desde este mismo momento hasta la primera fecha obligatoria, es sensiblemente mayor que en los intentos anteriores.

Qué significa esto para tu planificación

No lo interpretes como una invitación a esperar hasta el último trimestre de 2026 para moverte. El error habitual en cada uno de los aplazamientos anteriores ha sido el mismo: negocios que esperaron a la fecha límite "oficial" y se encontraron sin margen quince días antes de que entrara en vigor. La diferencia esta vez es que tienes tiempo de sobra para hacerlo bien, sin prisas, y sin depender de que tu proveedor resuelva un problema de desarrollo a última hora.

Si eres sociedad, el reloj real empieza a correr de cara al 1 de enero de 2027. Si eres autónomo, tienes hasta el 1 de julio de 2027. En ambos casos, el momento de comprobar si tu sistema actual cumple es ahora, no en diciembre de 2026.

AO
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Preguntas frecuentes
¿Cuándo entra en vigor VeriFactu de forma obligatoria?

El 1 de enero de 2027 para sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades, y el 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de contribuyentes.

¿Por qué se ha retrasado tanto la entrada en vigor de VeriFactu?

Ha sufrido tres aplazamientos: de 2024 a 2025 por falta de especificaciones técnicas, de 2025 a 2026 por falta de tiempo de adaptación de los fabricantes, y de 2026 a 2027 por presión de autónomos y empresas.

¿Los fabricantes de software ya están obligados a cumplir VeriFactu?

Sí, desde el 29 de julio de 2025 los fabricantes de software ya debían tener sus productos adaptados.

¿Es probable que el calendario de 2027 se vuelva a retrasar?

Hay razones para pensar que este calendario es más consolidado que los anteriores, pero conviene no esperar al último trimestre para comprobar si tu sistema cumple.