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VeriFactu vs. Factura Electrónica: por qué no son lo mismo y por qué te pueden multar por confundirlas

Son dos normativas distintas, con plazos distintos y obligaciones distintas, pero se hablan siempre juntas. Aclaramos qué regula cada una y qué necesitas realmente para no llevarte una sorpresa.

1 agosto 20265 min de lecturaAMN OS · Madrid

Si has buscado información sobre las nuevas obligaciones de facturación en España, es muy probable que hayas visto los términos "VeriFactu" y "factura electrónica" usados casi como sinónimos. No lo son. Son dos normativas distintas, nacidas de leyes distintas, con objetivos distintos y, sobre todo, con plazos distintos. Confundirlas es uno de los errores más comunes entre autónomos y pymes, y puede llevarte a pensar que ya cumples cuando en realidad no cumples ninguna de las dos, o a invertir en la solución equivocada.

De dónde viene cada una

VeriFactu nace de la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, y se desarrolla técnicamente a través del Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024. Su objetivo es evitar la ocultación de ingresos: que un negocio pueda facturar una venta y luego, mediante software manipulado, hacer que esa factura "desaparezca" de cara a Hacienda. Regula, por tanto, cómo debe comportarse tu sistema informático de facturación para garantizar que los registros son íntegros, trazables e inalterables.

La factura electrónica, en cambio, viene de la Ley 18/2022 "Crea y Crece", y su desarrollo reglamentario está en marcha desde 2024. Su objetivo es distinto: digitalizar el formato y el envío de las facturas entre empresas (B2B), facilitando además el control de la morosidad comercial. Regula el formato en que se emite la factura y cómo llega a tu cliente, no cómo se comporta tu sistema internamente.

Dicho de forma simple: VeriFactu se preocupa de que no puedas mentir sobre lo que facturas. La factura electrónica se preocupa de que la factura llegue en un formato estructurado y verificable a la otra empresa.

Qué exige cada una en la práctica

VeriFactu exige que tu sistema informático de facturación (SIF):

  • Genere un registro de facturación por cada factura emitida, con una huella digital (hash) encadenada a la factura anterior.
  • Impida técnicamente la modificación o el borrado de facturas ya emitidas.
  • Incluya un código QR y, en su caso, la leyenda "Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT".
  • Permita el envío de esos registros a la Agencia Tributaria, ya sea en tiempo real o bajo petición, según la modalidad elegida.
  • Cuente con una Declaración Responsable del fabricante, visible en el propio software, certificando que cumple estos requisitos.

La factura electrónica, cuando entre en vigor de forma obligatoria para las relaciones entre empresas, exigirá:

  • Emitir las facturas en un formato electrónico estructurado (como Facturae) en lugar de un PDF simple o papel.
  • Utilizar plataformas de intercambio, ya sean públicas o privadas, que permitan la interoperabilidad entre el sistema del emisor y el del receptor.
  • Informar sobre el estado de la factura (aceptada, pagada, rechazada), lo que en la práctica sirve también como herramienta de control de la morosidad.

Pueden coexistir, y de hecho lo harán

Aquí está el matiz que más confusión genera: una factura puede necesitar cumplir las dos normativas a la vez, y no una en sustitución de la otra. Puedes emitir una factura en formato Facturae (cumpliendo la normativa de factura electrónica) que además incorpore su hash encadenado y su QR (cumpliendo VeriFactu). Son capas distintas del mismo documento, no alternativas.

Esto significa que, si tu proveedor de software te dice "no te preocupes, ya cumplimos la factura electrónica, así que VeriFactu lo tenemos cubierto", esa frase debería hacerte sospechar. Son requisitos técnicos diferentes, evaluados por normativas diferentes, y un sistema puede cumplir perfectamente uno sin cumplir el otro.

Plazos distintos, y eso también importa

Otra fuente de confusión son los plazos, que no coinciden entre ambas normativas y que además han sufrido varios retrasos.

Para VeriFactu, el calendario vigente tras el último aplazamiento (Real Decreto-ley de diciembre de 2025) es:

  • 1 de enero de 2027 para sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de contribuyentes.

Para la factura electrónica obligatoria entre empresas, el desarrollo reglamentario ha ido más lento y los plazos dependen del volumen de facturación de cada empresa, escalonándose en función de si se supera o no un umbral anual determinado.

Tratar ambos calendarios como si fueran el mismo es un error habitual que puede llevarte a relajarte con una obligación pensando que ya has cubierto la otra, o al revés, a precipitarte en una inversión que no te corresponde todavía.

Por qué esto no es solo un tecnicismo académico

Si eres autónomo o gestionas una pyme, esta distinción tiene consecuencias directas sobre qué preguntas debes hacerle a tu proveedor de software y qué debes exigir por contrato. No es lo mismo pedir "que cumpla la ley de facturación" —una frase demasiado vaga para ser útil— que preguntar específicamente:

  • ¿Vuestro sistema genera el hash encadenado y lo puedo verificar?
  • ¿Tenéis la Declaración Responsable visible dentro del propio software?
  • ¿Emitís también en formato Facturae, o eso es un desarrollo aparte?

La mera tenencia de un sistema que no cumpla VeriFactu, aunque nunca lo uses de forma fraudulenta, ya es sancionable con hasta 50.000 euros por ejercicio. Y esa sanción es completamente independiente de si tu factura además cumple o no el formato de factura electrónica. Son dos frentes de cumplimiento distintos, y conviene abordarlos como tal.

AO
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Preguntas frecuentes
¿VeriFactu y factura electrónica son la misma normativa?

No. VeriFactu regula cómo debe comportarse tu sistema de facturación (integridad y trazabilidad); la factura electrónica regula el formato en que se emite y envía el documento entre empresas.

¿Pueden coexistir VeriFactu y la factura electrónica en la misma factura?

Sí, son capas distintas del mismo documento: una factura puede emitirse en formato Facturae y a la vez incorporar su hash encadenado y su QR.

¿Cuáles son los plazos de VeriFactu?

1 de enero de 2027 para sociedades, y 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de contribuyentes.

¿Qué debo preguntarle a mi proveedor de software de facturación?

Si genera un hash encadenado que se pueda verificar, si tiene la Declaración Responsable visible dentro del propio software, y si emite también en formato Facturae o es un desarrollo aparte.